Este tema aborda tres aspectos fundamentales relacionados con el mantenimiento y control de armas de fuego: la reparación por profesionales autorizados, la prueba para garantizar su seguridad y funcionamiento, y el régimen de depósito cuando las armas no pueden estar en posesión del titular.
Reparación de armas
Las armas de fuego, como cualquier instrumento mecánico, pueden requerir reparación o modificación por desgaste, rotura o mejora. Sin embargo, no cualquier persona puede manipular un arma: el Reglamento de Armas exige que estas tareas sean realizadas únicamente por armeros autorizados, inscritos en el registro correspondiente y con licencia específica para ello.
Toda reparación debe respetar las características técnicas legales del arma. Queda totalmente prohibido realizar modificaciones que alteren su funcionamiento, su calibre o su sistema de disparo, salvo que estén autorizadas expresamente. Por ejemplo, no se puede transformar una escopeta semiautomática en una automática, ni modificar un arma para aumentar su potencia sin autorización.
En el caso de armas que hayan sido modificadas legalmente, deberá realizarse una nueva prueba para verificar su seguridad.
Prueba de armas
La prueba de armas, también conocida como prueba de fuego o banco de pruebas, es un procedimiento técnico que garantiza que el arma funciona correctamente y cumple los requisitos de seguridad.
Se realiza en bancos de prueba oficiales o autorizados, donde se somete el arma a condiciones extremas para comprobar la resistencia de los materiales, la calidad del ensamblado y el comportamiento al disparar.
Estas pruebas son obligatorias, por ejemplo:
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Para armas nuevas antes de salir al mercado.
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Tras una reparación o modificación importante.
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En ciertos casos, cuando lo exige la Intervención de Armas.
Una vez superada la prueba, se marca el arma con un sello o punzón oficial, lo que certifica que ha sido comprobada y es segura para su uso.
Depósito de armas
El depósito de armas es una medida administrativa que se aplica cuando el titular no puede conservar o portar el arma legalmente por alguna razón. En estos casos, las armas deben ser entregadas en la Intervención de Armas de la Guardia Civil para su custodia temporal o definitiva.
Los motivos habituales para que un arma sea depositada son:
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Pérdida de la licencia o caducidad sin renovación.
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Incapacidad psicofísica sobrevenida del titular.
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Fallecimiento del propietario.
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Conflictos legales (por ejemplo, procedimientos judiciales, órdenes de alejamiento, etc.).
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Sanciones administrativas que implican la retirada de armas.
El titular (o sus herederos, en caso de fallecimiento) dispone de un plazo para regularizar la situación, vender el arma, cederla o destruirla. Si no lo hace en el plazo fijado por la ley, el arma puede ser considerada abandonada y destruida por la autoridad competente.